jueves, 30 de noviembre de 2017
Movistar Habla y navega 30
Comprar móviles desde 0 euros es posible El fin de las subvenciones como las habíamos conocido hasta el momento vino motivado, según los operadores, porque había dejado de ser sostenible ofrecer a 0 euros unos smartphones cada día más más potentes y caros junto a unas tarifas que a su vez, debían competir con los bajos precios de los OMVs y la solución más equilibrada era pasarse al pago plazos que ayudó a extender la idea de que los operadores ya no regalaban móviles aunque en la práctica, poco ha cambiado. El pago a plazos ha traído consigo unas tarifas no tan infladas como antes junto a unos precios de móviles más acordes con su coste real en el que cada usuario decide cuanto gastarse en su smartphone y además ha mantenido las subvenciones, entendidas como un descuento en el precio oficial del teléfono a cambio de un mínimo de permanencia con el operador, al menos junto con determinadas tarifas. Unos descuentos en el precio del móvil que tal vez no sean tan llamativos como los de antes pero que junto a las cuotas del pago a plazos y unas tarifas bastante más ajustadas, el total mensual y el pago inicial por el smartphone que tenemos ahora no difiere demasiado de lo que ofrecían antes del "fin de las subvenciones".
Simplemente se ha tratado de un cambio de matices lo llamemos como lo llamemos así que vamos a analizar como se lo ha montado cada operador para seguir ofreciendo móviles a 0 euros. Aclarar que independientemente de que los pagos a plazos deban realizarse durante 24 meses, la principal diferencia entre los operadores se encuentra la existencia de permanencia con una determinada tarifa, en cuyo caso, además de tener que abonar los pagos pendientes en caso de baja anticipada, también se aplica una penalización equivalente al descuento percibido según las condiciones de los diferentes operadores que vamos a analizar. Todos los móviles de Movistar con pago inicial gratis Movistar vuelve a ofrecer oficialmente smartphones de gama baja a cero euros Pese a ser el primer operador en "acabar con las subvenciones" y a pesar de asegurar que había eliminado las permanencias, esta ausencia de permanencia es la misma que se puede encontrar en otros operadores cuando no hay descuento en el precio de móvil.
Pero en realidad Movistar sigue haciendo descuentos sobre todo con las tarifas Total y Veinte, lo que implica permanecer en dichas tarifas durante 12 meses por unos descuentos de hasta 70 euros que actualmente se aplican en terminales como Galaxy S4, Xperia Z1 o los nuevos iPhone. Además, recientemente Movistar también ha vuelto a incluir móviles gratis de gama baja y sin pago a plazos con cualquier tarifa y permanencia de hasta 18 meses en modelos como LG Optimus L3 II o Samsung Galaxy Young. Los mayores descuentos de Vodafone con sus tarifas Red Gama smartphones gratis Vodafone Vodafone ha perfilado su oferta de manera muy similar a la existente antes fin de las subvenciones con pagos a plazos por lo general más baratos que los de Movistar pero con un pago inicial por el teléfono con las tarifas más baratas que normalmente no suponen ningún descuento destacado frente al precio del móvil libre. Solo facilitan la compra aplazando los pagos.
En cambio, cuando se trata de las tarifas Red y sus móviles asociados, el descuento que aplica Vodafone puede alcanzar hasta 200 euros en los terminales más punteros a cambio de una permanencia de 18 meses con la tarifa. Vodafone también recuperó el pasado verano una gama de smartphones gratis en los que no hay pago a plazos y solo es necesario mantenerse en contrato con cualquier tarifa durante 24 meses. Orange prefiere las Ballena para regalar móviles Móviles a cero euros con Orange El último operador en sustituir las subvenciones tradicionales por pago a plazos fue Orange que siguió un modelo similar al de Vodafone con pago inicial más un pago a plazos que puede variar en un mismo terminal según la tarifa que elijas y cuyos descuentos también varían en función de la tarifa elegida, permaneciendo prácticamente inexistente con Ardilla Con las tarifas Ballena y Delfín, los descuentos pueden alcanzar los 200 euros a cambio de mantener la misma tarifa durante los 24 meses que duran las mensualidades del pago a plazos.
Orange también recuperó esta navidad los smartphones de gama baja gratis sin pago a plazos para aquellos que no quieren pagar ningún gasto adicional en su tarifa pero quieren cambiar de móvil a cambio de mantener el contrato y la tarifa durante 24 meses. Yoigo, el que más subvenciona sus móviles Smartphones gratis con pago único de Yoigo Yoigo fue el primer operador en instaurar el pago a plazos, incluso antes de que desaparecieran los subsidios, ofreciendo descuentos de hasta 300 euros a cambio de no cambiar de tarifa en 24 meses e independientemente del pago a plazos Ademas, Yoigo también es el operador que más smartphones oferta con pago único de 0 euros en los que solo hay que pagar la tarifa elegida durante 24 meses, encontrándonos como terminal estrella al Motorola Moto g. Para terminar, os recordamos que en Móvil hacemos un repaso mensual de los precios de smartphones más interesantes comparados en igualdad de condiciones con todos los operadores móviles para que podáis comprobar de un vistazo las alternativas con mejores ventajas para cada tarifa.
¿Conoce usted a alguien, una sola persona, que no haya tenido alguna controversia con una operadora de telefonía? Difícil, ¿verdad? Bien sea por facturas incorrectas, cobros indebidos, incumplimientos de ofertas, acceso a la línea ADSL de menor calidad que la contratada, facturas una vez que se ha causado baja, inclusiones en listas de morosos antes incluso de reclamar una supuesta deuda, que en ocasiones, demasiadas, resulta que es una deuda falsa... Es amplia la lista por la que el sector de las telecomunicaciones ha sido el que más reclamaciones ha recibido año tras año, hasta que a partir de 2009 se puso a su altura el sector bancario. A las ilegalidades enumeradas más arriba cabe añadir otras dos: la cesión de datos a terceros, sin consentimiento expreso del afectado, y el recibo masivo de sms o mms de tarificación adicional, que pueden llegar a quintuplicar las facturas.
Ahora hicimos una prueba, sin ningún valor estadístico pero clarificadora, Preguntamos a cincuenta personas mayores de 18 años si alguna vez habían sufrido un abuso por parte de su compañía de telefonía y absolutamente todas dijeron sí, en referencia a Vodafone, Jazztel, Orange, ONO o Movistar. De las cincuenta personas preguntadas, 28 relataron que habían recibido facturas abusivas por mensajes de servicios no contratados, lo que les llevó a abandonar esa operadora por otra, y esa baja conllevó una penalización por no cumplir el periodo de permanencia. Entre los pufos de las operadoras de telefonía está la de ceder datos a terceros sin permiso. De acuerdo con la Ley Orgánica de Protección de Datos 15/1999 de 13 de diciembre (artículos 7 y 8) y el reglamento que la desarrolla, el Real Decreto 1720/2007 (artículo 10), la cesión de datos a terceros sin consentimiento del afectado sólo es posible si la solicitan fiscales, órganos judiciales o de seguridad, administraciones públicas, o si la cesionaria o responsable del tratamiento (en este caso, las empresas de telecomunicaciones) debe defender intereses legítimos, siempre que respete los derechos y libertades fundamentales del afectado. En estos requisitos no entra en absoluto la cesión de datos a directorios o guías telefónicas digitales.
Para ello, y de acuerdo con la Ley General de Telecomunicaciones 32/2003, esa cesión debe hacerse por escrito. Algo que, hoy por hoy, las operadoras de telefonía parecen saltarse a la torera. Les proponemos una sencilla prueba. Pongan su teléfono fijo en el buscador de Google o en Bing. Puede que se lleven una sorpresa al ver su nombre, su dirección y hasta un mapa de cómo llegar a su casa. Es posible que se vean en 'Páginas Blancas', y casi seguro que sus datos aparecerán en otros listados como ABCTelefonos o Infobel el primero con domicilio en Gran Bretaña y el segundo, en Bruselas. Multas millonarias Aunque el teléfono fijo no es tan utilizado como el móvil, aún es necesario para disponer de líneas ADSL o de fibra óptica, de ahí que lleve años dándose una "masiva" vulneración de datos personales y del derecho a la intimidad. Ya en 2011 la red social 'menéame' daba cuenta de los abusos de los directorios ABCtelefonos e infobel.
En el caso de 'Páginas Blancas', la responsable es una empresa privada llamada Connect (Publicidad hasta 2012), que sí tiene dirección en España y que es propietaria también de las cada vez menos populares 'Páginas Amarillas'. "Nos hemos encontrado con decenas de estos casos y buscamos más personas que se sientan afectadas en su intimidad, a fin de promover acciones judiciales colectivas, incluso penales", afirma la abogada especialista en Derecho de Consumo, cofundadora de empresa nacida en 2013, dedicada a asesorar gratis y a resolver todo tipo de reclamaciones de consumidores, con tarifas sociales que oscilan entre los 20 y 50 euros, sin cuotas ni obligaciones de permanencia. "Lo que hicimos en Legalaria fue solicitar por escrito a Hibu Connect la inmediata cancelación de los datos de nuestro cliente y ejercer el derecho de acceso a la información que contempla la Ley. Hibu certificó por escrito que los datos los había facilitado la operadora de telefonía del cliente, que en este caso es Orange".
"Hemos interpuesto denuncia contra Connect, por vulnerar la Ley de Telecomunicaciones al no contar con consentimiento expreso para publicar esos datos y por haberlos hecho públicos, lo que permitió a otros listados en internet hacerse eco de los mismos. Hay casos en los que el daño podría ser irreparable, por ejemplo, si la afectada es una persona maltratada o amenazada", añade la abogada. "La siguiente denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos ha sido para Orange, lógicamente, por ceder los datos sin permiso escrito y ahora nos cabe acudir a la vía penal". No son casos aislados. Orange, junto con Movistar y Vodafone fueron multadas en 2012 por la Agencia Española de Protección de Datos, por cesión fraudulenta de los mismos, con un total de 15.300.000 euros, según la memoria anual del organismo. Y las tres son reincidentes en la cesión de datos a 'Páginas Blancas', ya que en años anteriores también fueron sancionadas por el mismo motivo.
Este enlace es un ejemplo A un solo paso de aparecer en otros listados de búsqueda inversa ¿Qué es la búsqueda inversa? Pues justo la que permite obtener datos personales a través del número de teléfono y no a partir del nombre y apellidos. La prohibió la UE en el año 2000, en su dictamen 5/2000 de la Comisión Europea, y la prohíbe específicamente en España la Ley General de las Telecomunicaciones del año 2003. Sin embargo, ahí sigue que se vende como "la guía telefónica más espectacular del mundo" y no admite responsabilidad alguna por publicar los datos, ya que en su web afirma que los obtiene de "fuentes públicas", es decir, en internet. Volvemos a las 'Páginas Blancas', que hasta hace pocos años eran propiedad de Telefónica, empresa que figura como una de las sospechosas en esa cesión, ya que muchos de los que están en operadoras distintas antes estuvieron en la primera. En la misma web se afirma que el titular de los datos puede suprimirlos haciendo click sobre un botón...que resulta inexistente.
La solución para eliminar esos datos es remitir un correo electrónico directamente de su página web (Legalaria recomienda guardar en pdf el correo enviado, e incluso hacerle una captura de pantalla), "ya que los correos electrónicos tienen tanta validez legal como un burofax", aclara Rosales Merenciano, quien recuerda que, en los casos que ha conocido, la sospechosa de la cesión es la operadora de telefonía, a la que se debe denunciar cuando se tenga constancia de esa cesión. Esto es, que hay que solicitar primero por escrito al directorio el ejercicio del derecho de acceso a la información. Y una vez con la respuesta, llevar a cabo la denuncia. Si no se obtiene respuesta, también cabe denuncia y por partida doble: por la cesión de datos y no por no haber podido ejercer el derecho de acceso. El caso de Infobel es aún más descarado. En su web afirma en francés y en inglés que los datos que publica en su listado digital provienen, en efecto, de las operadoras de telefonía. Sin embargo, en la versión en español, afirma que provienen de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, lo que fuentes oficiales han negado en rotundo a Canarias Ahora. No son los únicos directorios de teléfono que funcionan en el universo digital con búsqueda inversa, pero son los más sonoros.
Ofertas que no se cumplen (o el peligro de contratar por teléfono) "Mientras sea rentable vulnerar derechos, se vulnerarán", afirma abogado y secretario general de la Unión de Consumidores de España () en Santa Cruz de Tenerife, quien alerta especialmente de los contratos de telefonía (y de otro tipo, como seguros) que se hacen mediante un comercial a través de una llamada que se supone grabada, grabaciones que misteriosamente desaparecen en cuanto se solicitan. "En las contrataciones telefónicas, los consumidores no saben qué han contratado y en muchas ocasiones se incumple lo prometido y no hay papel que nos avale", insiste Alonso. "Los comerciales de telefonía, pero sobre todo las comerciales, porque es un trabajo feminizado, que nos llaman o que no nos atienden como queremos, no son pesadas, son personas explotadas, y nos intentan vender algo de acuerdo con las técnicas que les imponen. Habría que tener solidaridad con ellas", añade el representante de la UCE.
Y ojo, porque según la abogada algunos contratos efectuados en tiendas podrían no ser válidos. "Más que no válidos, diría nulos de pleno derecho porque para firmar un contrato en nombre de una empresa hay que ser un apoderado de esa empresa, es decir, tener un poder notarial para esa firma, y me consta que se incumple". La mejor solución, según estos dos especialistas, es contar con el contrato y sus condiciones por escrito, y analizarlo antes de firmar. Si hay un peligro en estas fiestas navideñas, en las que los móviles smartphone (los que permiten navegar por internet) y sobre todo las tabletas, van a estar en el top ten de los regalos, es la de firmar deprisa un contrato, sin leer el periodo de permanencia y lo peor, sin especificar en ese contrato que se bloqueen los servicios de tarificación adicional. ¿Le llegan mensajes que usted paga? Se ha suscrito a una alerta de servicios Crecen como la espuma las reclamaciones relacionadas con los productos de tarificación adicional, desconocidos por la mayoría de los consumidores hasta que les llega una factura hasta cinco veces superior a lo contratado.
Se llevan la palma los sms y mms premium, sin que haya una legislación contundente que regule estos productos y sin que se sepa si el que se dio de alta era un adulto o un menor. ¿Y qué son los servicios de tarificación adicional? La gama es variada. Con ellos se obtiene presumiblemente la opción de participar en concursos o suscribirse a ciertos servicios. Y son llamadas o mensajes que quedan fuera de cualquier tarifa plana contratada. Se les reconoce fácilmente porque proceden de números de seis cifras que comienzan por 79. En la telefonía fija son las llamadas a números que comienzan por 803 (servicios sólo para adultos), 806 (servicios de "ocio" como el tarot), 807 (servicios de asesoría profesional) y 905 (para llamadas masivas como participar en programas de televisión y televotos). Esos números se identifican fácilmente y requieren de la voluntad consciente del usuario para marcarlos. Aunque el servicio sea pésimo, se ha prestado (en ocasiones, no). Pero lo grave viene con los llamados sms y mms premiums, en los que cualquiera, incluso menores, puede darse de alta sin saberlo, sólo con pulsar una tecla en el ordenador.
O incluso sin darse de alta. Ganchos como 'encuentra tu pareja', 'conoce tu peso ideal', 'te mandamos los mejores polifonos', o accesos a juegos on line se multiplican por internet sin una información clara de las condiciones de contratación. Basta con que usted deje su número de móvil. No se habrá suscrito a ningún servicio, sino a una alerta de servicios. Los trucos son muchos. "Un ejemplo: hay páginas web que ofrecen eliminar gratis los datos de las listas de morosos, pero al aceptar sus condiciones, que pocos leen, está la de aceptar alertas por sms. Son los sms premium, un peligro", según Legalaria. los llama, directamente, estafa. "Hay millones de personas estafadas con estas alertas. Son servicios infantiles que se nutren de un mercado infanto-juvenil, que es justamente una población especialmente vulnerable. Como las cuantías no son excesivamente elevadas y reclamar a empresas es complicado, los afectados terminan pagando".
Empresas millonarias sin dar nada a cambio Lo mejor es prevenir y, como se apuntaba más arriba, bloquear todos los servicios de tarificación adicional al suscribir el contrato por escrito, porque de lo contrario, una vez que usted haya dado el permiso (o cualquier menor de su entorno), le lloverán mensajes diarios que pagará a entre 1,20 y 1,45 euros, aunque no los lea, aunque no lleven información alguna ni ofrezcan servicio de ningún tipo. Algunos de esos mensajes le aparecerán como 'publicidad'. A la hora de reclamar, el problema se multiplica porque la pelota se lanza desde los proveedores del servicio (muchas veces con ubicación en el extranjero), a la operadora de telefonía con la que se tiene el contrato, que puede ser o no ser la operadora de acceso. "Lo peor es que no hay un organismo que ponga a prueba la palabra del proveedor del servicio frente a la del afectado. Ellos dicen que el cliente se ha dado de alta, mandan un número de acceso imposible de verificar, y la operadora acepta esa prueba como tal. Es la palabra del proveedor frente al reclamante", afirma una ex trabajadora de Movistar.
Encima, ese número de acceso o clave nunca es conocido por el afectado hasta que reclama. "Nos hemos encontrado con casos sangrantes", dice "Facturas de hasta 200 euros cuando la tarifa contratada era de 25 euros, todo ello por los sms premiums. Y lo más llamativo es que la víctima, porque podemos llamarla así, nunca sabe cuándo se dio de alta, ni cómo, ni ha firmado consentimiento alguno, que es una de las reivindicaciones históricas en la defensa de los consumidores". Aparte de la UCE, otras asociaciones de consumidores como la Málaga ponen en sobreaviso acerca de estos productos, que podrían calificarse de "tóxicos", como las preferentes en la Banca. La única directriz en este mercado es un Código de Conducta, actualizado en 2010, que deriva de la Carta de Derechos de los Usuarios de los Servicios de Comunicaciones Electrónicas. En la Carta se hace hincapié en la buena fe y en la protección de colectivos vulnerables, pero sin mucha contundencia, en opinión de expertos en consumo. Cabe, de acuerdo con esa misma Carta de Derechos (RD 899/2009) solicitar a la compañía de telefonía que haga dos facturas diferenciadas por el consumo de llamadas y por las tarificaciones extra. Si se abona la primera, la operadora no puede cortar el servicio.
Recientemente, Movistar anunció que para darse de alta a esas alertas habría que dar consentimiento por escrito. Es algo que cabría esperar de la propia legislación, ya que en la actualidad no se impone una solución normativa por parte de los responsables administrativos, como son la Secretaría de Estado para las Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información (Ministerio de Industria), la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (recién integrada en la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia), o el Instituto Nacional de Consumo. "No hay una ley suficientemente clara y rotunda para regular el mercado sustancioso de los sms y mms premiums", insiste Alonso. Ese vacío legal va en contra de los consumidores. Si ha recibido un mensaje que empieza por 79 puede frenarlo de inmediato respondiendo 'baja' a ese número del que procede. Las posibilidades de darse de alta en un servicio de alerta aumentan cuando se navega por internet desde un móvil o una tableta, ya que basta con pinchar en un anuncio o en uno de los 'ganchos' antes mencionados sin necesidad de aportar el número de teléfono. Una vez más, los consumidores se sienten impotentes y, por regla general, muy enfadados. "Me han metido en una lista de morosos" Es otro de los abusos que sufren los consumidores. A las operadoras de telefonía (también a la banca) les encanta amenazar con que si no se paga una factura con la que se está disconforme, será incluido en una lista de solvencia económica o de obligaciones dinerarias (las listas de morosos).
En muchos casos, la deuda habrá sido revendida a una agencia de recobros. Las agencias de recobros (por suerte, los tribunales aniquilaron presiones como las del mal famoso 'Cobrador del Frac' y similares, por ser coaccionadoras) compran deuda por debajo de lo que se reclama o se llevan comisiones de su cobro. En principio son legales. Las contempla el Código Civil, y en ocasiones son despachos de abogados que han aumentado su campo de acción, dado lo boyante del negocio. Lo que roza lo delictivo es recibir hasta 25 llamadas en un solo día y a horas intempestivas para que se salde la deuda con intereses que no figuran por escrito en parte alguna y que entran de lleno en lo que se llaman cláusulas abusivas, ya que dejan en gran desventaja al consumidor. Cuando se solicita la documentación por escrito, suelen dar evasivas, lo que tampoco es legal porque el consumidor tiene el derecho a contar con la información por escrito para su mejor defensa. Además, hay que forzar a las agencias de recobro para que demuestren que, en efecto, han suscrito la deuda ante notario y con las garantías que requiere la Ley.
Bien sea la agencia de recobro, bien sea directamente la operadora, cualquiera puede verse en uno de esos listado de morosos, lo que impedirá incluso hacer una compra a plazos. Y cualquiera puede verse en esos listados por cantidades irrisorias como 30 euros. En España funcionan cuatro ficheros de solvencia económica. El más popular es Asnef-Equifax. También están el Cirbe o Central de Información de Riesgos Bancarios, Experien-Badexcug y el Registro de Activos Impagados o RAI. Para que una persona sea incluida en uno de estos ficheros, de acuerdo con el Reglamento de la Ley Orgánica de Protección de Datos, deben darse unos requisitos: que la deuda sea cierta, vencida, exigible e impagada, pero siempre que no se haya entablado "reclamación judicial arbitral o administrativa". Este es el punto que rebasan tanto las agencias de recobro como las mismas compañías de telefonía, ya que la inclusión en los listados suele llevarse a cabo incluso antes de comunicar la deuda al afectado, o cuando se está en plena reclamación extrajudicial. Peor aún es cuando se incluye a alguien en un fichero de morosos sin que exista deuda alguna.
Aunque sea por error. No sólo es motivo de denuncia a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), instando una sanción por falta grave o muy grave, sino que entra de lleno en los daños morales que contempla el Código Penal. Parte de las multas impuestas por la Agencia en 2012 se debieron a esta ilegal cesión de datos a terceros, justo por no respetar los derechos de los supuestos deudores, pero sobre todo, por dar datos erróneos de deudas falsas o de mayor cuantía a la real. En 2009, la AEPD sancionó a Telefónica con 420.000 euros por haber vendido a agencias de recobros deudas inexistentes o muy por encima de las cuantías reales.
El "inocente" 902 Parece inocente, pero no lo es. Los números que comienzan por 902, generalmente para servicios de atención al cliente, aunque cuesten lo mismo que una llamada local, quedan fuera de la tarificación normal, es decir, también son números de tarificación adicional. Lo más grave, la empresa que los contrata gana 0,07 céntimos por cada minuto de llamada. Eso explica las largas esperas hasta que se es atendido personalmente, las grabaciones previas y los mensajes de "nuestros operadores están ocupados, por favor, manténgase a la espera". Esto no significa que todas las empresas con este tipo de números busquen lucrarse, pero sí muchas de ellas. Para el consumidor, cada minuto de llamada a un 902 le cuesta 10 céntimos si llama desde un teléfono fijo y 50 céntimos, si llama desde un móvil. portavoz de la asociación de consumidores Málaga, denuncia que "es ilegal que las compañías tengan acuerdos con las operadoras, porque utilizar el servicio de atención al cliente de forma lucrativa es un fraude y la Administración debe de perseguirlo". Pero no lo hace.
En internet hay decenas de foros acerca de los números que empiezan por un 902 y que han proliferado para todo tipo de empresas, públicas y privadas. En la nueva Ley General para Defensa de Consumidores y Usuarios, que se elabora actualmente, se especifica que deben tener el mismo coste que una llamada local, tal y como se ordena en una directiva de la Unión Europea que España ha tardado dos años en adoptar. Los 902 no son más que un 'alias' de un número local, es decir, para contratar uno de estos números hay que disponer de un número "normal", al que se asocia ese 902. Hay páginas web que ofrecen un buscador para encontrar ese número "normal", de forma que la llamada entre en la tarifa plana contratada por cada cual. El asunto es más indignante cuando se trata de servicios públicos, ya que el 902 podría ser sencillamente un número 900 que, esos sí, son totalmente gratuitos. Las abusivas obligaciones de permanencia Los contratos de telefonía conllevan una obligación de permanencia que oscila entre los 12 y los 24 meses. En principio, la ley permite esa cláusula ya que se supone que la empresa ha efectuado una "inversión" en el cliente, al darle un teléfono de media o alta gama, o rebajarle el coste de las llamadas. Sin embargo, una vez más nos encontramos con una cláusula abusiva, de acuerdo con la definición de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios 1/2007, por dejar en clara desventaja al consumidor frente al prestatario del servicio.
"Si la obligación de permanencia sirve para que la compañía recupere la inversión hecha con el cliente, la penalización por abandonar la compañía antes de cumplir el periodo debe ser proporcional al tiempo en que se ha estado en la misma" se afirma en la web de Legalaria. "No es lo mismo darse de baja cuando falta un mes para cumplir la permanencia que al inicio del contrato". Luego no cabe cobrar la misma penalización en uno y otro caso, como hace por ejemplo Vodafone, que en sus condiciones generales de contratación añade, además, otra cláusula abusiva y, por lo tanto, nula, como es que si no se avisa fehacientemente de la baja del servicio con 15 días de antelación, éste automáticamente se prolonga por otros 12 meses. "Si con la permanencia establecida, Vodafone ya había resarcido su inversión, los doce meses que añade están de más y pueden ser tumbados fácilmente con una reclamación extrajudicial, o ir a la vía civil para una demanda de cantidad", insisten Pequeño manual útil sobre listas de morosos Cuando alguien no paga lo que debe a una empresa, suele ser incluido en un fichero de solvencia patrimonial (lo que habitualmente se denomina “lista de morosos”). ¿Qué se debe hacer cuando estás en un fichero de solvencia patrimonial? Ante todo, debemos informarnos de las posibles deudas contraídas y los motivos por los que se nos ha incluido en el mismo.
Para saber si existen deudas a nuestro nombre, debemos ejercitar lo que se denomina “Derecho de acceso”, es decir el derecho que se tiene a informarse de que datos tiene una determinada base de datos (en este caso un fichero de solvencia patrimonial, pero podrías acceder a los datos de una base de cualquier empresa) Puedes comprobar si figuras o no en un fichero de solvencia, mandando un escrito pidiendo el acceso a tus datos personales: ASNEF. BADEXCUG. habla con alguno de los operadores que atienden, para confirmar, no vaya a ser que lo hayan cambiado Enlace a ASNEF (lo de cobrar por el SMS está prohibido expresamente por la ley de protección de datos) Enlace a BADEXCUG A cada uno de ellos mandas un escrito (te puede servir de modelo el del enlace a BADEXCUG ), junto con una fotocopia de tu DNI y ya tendrías tus datos (el plazo máximo para contestar es de un mes, pero suelen contestar bastante pronto) En el caso de que estés incluido en la base por un caso de suplantación de identidad (más habitual de lo que uno pueda pensar), están obligados a cancelar los datos de oficio y a comunicarte dicha cancelación en el plazo de 10 días. En este caso mencionado, conviene que, para que no vuelva a ocurrir, vayas a la oficina de tu banco y pidas tu inclusión voluntaria en el fichero “DER” (documentos extraviados y robados). No es obligatorio, pero sí muy recomendable.
En cualquier otro caso, si la deuda está pagada, si no es cierta, si no coincide la cantidad con la realmente debida, si venció hace más de 6 años…., se puede pedir la rectificación de los datos o la cancelación de los mismos, dirigiendo un escrito al fichero de solvencia correspondiente (los fax están más arriba) en las mismas condiciones, es decir adjuntando fotocopia del DNI Debes saber que el informante de la deuda, es decir la empresa o persona que te incluyó en el fichero por no pagar una deuda, debe informar al fichero de solvencia patrimonial en el que te haya incluido, para que te de baja inmediatamente nada más haberla pagado o haber tenido constancia de que no debes figurar en el fichero, según el artículo 41.1, párrafo 2º del reglamento de la ley sobre protección de datos, cuyo enlace puedes consultar aquí "41.1. Sólo podrán ser objeto de tratamiento los datos que respondan con veracidad a la situación de la deuda en cada momento concreto.
El pago o cumplimiento de la deuda determinará la cancelación inmediata de todo dato relativo a la misma." O sea, que la empresa debe quitarte del fichero de forma inmediata, tras conocer que has saldado tu deuda, o que se ha producido una suplantación de identidad,......en fin, en cuanto sepa que no debes figurar en un fichero de solvencia patrimonial. Si quieres cancelar tus datos porque no lo hayan hecho ellos, elige el formulario de cancelación de la página de experian ( BADEXCUG ) y modifícalo, si es necesario, poniendo como responsable el fichero de solvencia o la base de datos ante la que quieres cancelar, como responsable el responsable de la base y rellenando tus datos personales, firma y fotocopia del DNI. De igual modo se puede acceder a los datos, o cancelarlos, de cualquier base de datos de cualquier empresa.
Basta con dirigir un escrito solicitando el acceso o la cancelación de los datos que figuren en una base de datos de la que sean responsables. Para saber quién es el responsable de una base de datos, o cuantas bases de datos y los nombres de las mismas de las que es responsable una empresa, basta con acceder a la página de la agencia española de protección de datos y pinchar sobre “Ficheros inscritos”, elegir entre los de los organismos públicos o los privados y buscar por nombre de empresa (aunque conviene buscar por NIF, puesto que el NIF es como el DNI de las empresas y, por tanto, único). Enlace a la página de la agencia española de protección de datos Una vez que sepas el fichero al que quieres acceder o del que quieres cancelar datos, solo tienes que seguir los pasos ya descritos anteriormente para ejercer estos derechos. Existe otro derecho muy interesante, el derecho de oposición al tratamiento de los datos, que consiste en notificar a una base de datos o a un responsable, respecto a varias bases de datos a la vez, que no deseas que se traten tus datos para un determinado objetivo.
El caso más interesante es la oposición al tratamiento de tus datos con fines publicitarios o de prospección comercial. Basta con mandar un escrito, adjuntando fotocopia del DNI, pidiendo al responsable de una o varias bases de datos que no quieres que se traten tus datos para enviarte publicidad o para hacerte un perfil comercial. Desgraciadamente, nadie puede oponerse al tratamiento de los datos de un fichero de solvencia patrimonial, pero sí a que te manden la tan molesta publicidad, con sus llamadas diarias, sus SMS a altas horas de la madrugada Movistar es una empresa y ASNEF es otra. La deuda que tienes con Movistar puede ser legitima pero pueden no haberte incluido en el fichero de morosos por lo que podras seguir disfrutando tu solvencia crediticia. Vamos que para los bancos eres solvente y eso es importante. TAmbien puede ser que te haya incluido pero esten tus datos suspendidos porque hayas iniciado una reclamacion en consumo, SETSI, via judicial, arbitraje...
En ese caso tus datos tampoco estan disponibles pero la compañia puede incluirte. Estoy en tramites de comprar vivienda y no me dan financiacion por estar incluida en el fichero asnef por una deuda que asciende a 108,09 euros de dos facturas de diciembre de 2013 y enero de 2016 respectivamente mi intencion es pagar logicamente he llamado al 1004 y me dijeron que fuera a una oficina de correos a hacer el pago pero he ido y no consto en el ordenador me han indicado que acuda a una oficina del santander bbva o la caixa pero necesito saber que de esa manera el pago os va a llegar correctamente y cuanto tiempo tardais en dar orden de que borren mis datos de ese fichero o de cuantos me haya metido movistar nose que pasos seguir para solucionar este inconveniente cuanto antes asique ruego me den respuesta es muy urgente ya que he puesto fianza para una vivienda y tengo un plazo de tiempo para encontrar financiacion. si se adquiere una deuda y ha pasado un tiempo prolongado para saldar la misma, una vez abonada, has de moverte a la mayor celeridad posible, para forzar que dichos datos desaparezcan cuanto antes, siendo en la mayoría de casos el acreedor quien está obligado a comunicar la cancelación de la deuda en el plazo de una semana, informacion que movistar, salvo error u omision, aporta a la mayor brevedad posible.
Efectuada la comunicacion de cancelacion de dicha deuda por parte de Movistar, es altamente recomendable que por tu parte envies justificante de abono a la empresa de morosos via burofax, solicitando expresamente que tus datos desaparezcan de sus listas. Es el mejor modo de que desaparezcas de la lista cuanto antes, aunque a veces te des cuenta que incluso después de pagar la deuda, todavía puedes aparecer como morosa en un periodo de seis años o mas. Estoy en el fichero de ASNEF por TELEFONICA MOVILES ESPAÑA, como no puedo hablar con ASNEF he llamado a ISGF INFORMES COM y me dicen que su Cliente MOVISTAR sigue notificando que tengo deuda con ellos. Llamo al 1004 y corroboran que no hay deuda, que las facturas fueron anuladas pero no me han excluido del ASNEF, cada vez que llamo me dicen que espere 30 días y así llevo desdo SEPTIEMPRE. Me toman "reclamación" y me responden que no estoy en Asnef (la persona que atiende la reclamación no lo ve?, se limita a mandar un SMS, de haber llamado o escrito un correo le remitiria la carta de asnef y su bufete de abogados).
Cada mes voy a la Tienda Movistar y me confirman que en su pantalla CTC si que figura deuda 0€, y que estoy en ASNEF pero las chicas solo me dicen que me pueden informar pero que no tienen opción que para ello hable con Cobros y cada vez que llamo al 1004 me dicen que Cobros no atiende llamada He intentado contratar una línea de móvil y no he podido por tener una deuda antigua (año 2011) que no pagué por estar en desacuerdo, ya que me incluian cobros por mensajes que no había solicitado, y que no eran llamadas, sino servicios (inútiles) que enviaban mensajes sin permiso, y que por lo visto cobraban (de forma engañosa y nada clara) si contestabas a algún mensaje. Pero lo cobraba Telefónica, así que reclamé a Telefónica, naturalmente, y su contestación siempre fue que ellos no eran quienes enviaban los mensajes, sino que eran de otra empresa con la que tenían acuerdos. Sin embargo, el importe estaba en la factura de Telefónica. Esta respuesta fue continuadamente la misma, y no hubo forma de hacer que eliminasen esos importes de los mensajes de la factura, así que no la pagué. Eso sucedió en dos móviles (dos facturas).
Son de muy poca cantidad (en total unos 50 euros), por lo que considero absurdo que después de varios años pagando el ADSL y la tarifa plana de casa (ahora Telefónica y Movistar son la misma empresa) no se me permita cambiar de modalidad (Fusion) y añadir el móvil al paquete por unos míseros 50 euros. Estoy dispuesto a pagar la factura para resolver este tema, porque es poca cantidad, y por comodidad, aunque encuentro que éticamente Telefónica (Movistar ahora) actúa abusando de su poder, ya que no me ha denunciado para que me pueda defender. Sin denuncia no hay defensa posible. Por favor, denúncienme, o explíquenme cómo pagar y eliminarme de estas listas, o elimínenme de la misma forma en que me han incluído. En cualquier caso, solo pido que sean ustedes un poco más atentos y se ocupen un poco mejor de sus clientes, ya que son la primera compañía en España. Podría pedir un poco más de ética por su parte, pero no lo voy a hacer. es para mi un placer informarte, lamentablemente si adquieres una deuda, obviamente la única manera de salir de la lista de morosos es pagar dicha deuda, la cual tu ya has saldado por lo que he leido en tu post.
Una vez abonada la misma, has de moverte a la mayor celeridad posible, para que tus datos desaparezcan de dicha lista, siendo en la mayoría de casos el acreedor quien está obligado a comunicar la cancelación de la deuda en el plazo de una semana, informacion que movistar, salvo error u omision, aporta a la mayor brevedad posible. Efectuada la comunicacion de cancelacion de dicha deuda por parte de Movistar, es altamente recomendable que por tu parte envies justificante de abono a la empresa de morosos via burofax, solicitando expresamente que tus datos desaparezcan de sus listas. Es el mejor modo de que desaparezcas de la lista cuanto antes, aunque a veces te des cuenta que incluso después de pagar la deuda, todavía puedes aparecer como moroso en un periodo de seis años o mas. Los operadores rechazan a clientes con deudas o bien les exigen una fianza que se devuelve tiempo más tarde. Te explicamos con qué compañías es más fácil contratar cuando se aparece como moroso Para empezar con un dato, casi dos millones de clientes de telefonía fija (1.946.570) y 6,7 millones de telefonía móvil solicitaron la potabilidad de sus líneas en 2013.
Sin embargo, un número indeterminado de usuarios encontró todo tipo de obstáculos por defectos en sus expedientes, compromisos adquiridos, problemas de impagos o deudas. Los operadores utilizan sus herramientas para valorar el riesgo y aseguran que no siempre una deuda es razón para rechazar a un cliente; aunque, en el mejor de los casos, se le exige una fianza. Contratar con deudas en cada operador Movistar. "Todos los operadores mantenemos la misma política al respecto de los usuarios que quieren vincularse a nuestras empresas y tienen deudas previas. Por principio, se deniega la portabilidad o el alta -explica el portavoz de Movistar-. Ni siquiera hace falta que la deuda sea con otra compañía de la competencia; basta con que sea aplicable cualquier factor de morosidad". No obstante -continúa- si el usuario insiste en su interés, se recurre a las tablas de valoración de riesgo 'scoring' y conforme a las mismas, si entendemos que es una circunstancia puntual, que el riesgo no es alto y compensa el servicio contratado, se acepta". Conclusión: si Movistar te rechaza un alta por una deuda, hay que insistir. Jazztel.
De hecho, Jazztel reconoce que trabaja con registros de impagos y que el departamento de riesgos valora cada caso de forma individual; "dependiendo de la deuda contraida se acepta o se rechaza -explican-; para realizar la valoración se tienen en cuenta diferentes variables y la tipología del cliente. Consideramos que un cliente con un buen historial ha podido tener un problema puntual y no hay por qué rechazarlo; pero otro con entradas y salidas continuas de los registros no se acepta pues el coste de realizarle una reclamación suele ser superior incluso a la posible deuda". En general, se exige una fianza que después se devuelve. Por lo que hay que asumir que se deberá hacer un pago inicial superior a lo habitual. Vodafone. En el caso de Vodafone y el resto de empresas adquiridas o asociadas (como Ono), el operador reconoce que recurren también a la valoración de riesgo con respecto a las tablas antes mencionadas. "Si se considera que el peligro de impago es alto, que el solicitante es deudor recurrente, se rechaza la solicitud. Si por el contrario, la valoración es media o baja; se considera que puede ser un hecho puntual, que se trata de algo que ocurrió hace tiempo y no ha vuelto a ocurrir o entendemos la causa de una deuda recurrida, entonces se solicita al cliente una fianza que, tras meses de regularidad en los pagos, se devuelve". Por lo que, como en Jazztel, las pequeñas dedudas se perdondan con una fianza que se devuelve. Orange.
En este mismo sentido se manifiesta Orange: "Que un cliente con deuda entre en Orange o Amena va en función del nivel de riesgo vinculado al mismo, es decir, que tenga una deuda no es razón suficiente para rechazarlo. El riesgo se valora, como en todo el sector, en función de un modelo de riesgos de clientes revisado periódicamente". Cómo valoran tu riesgo (o 'scoring') Para realizar esa valoración del riesgo, las empresas tienen en cuenta: La cantidad de la deuda contraida. El número de operaciones deudoras. Las entidades acreedoras. Si es un cliente particular o una sociedad. A la hora de la petición, cuando hay una deuda, la alerta salta automáticamente en los sistemas informáticos de los comerciales tanto telefónicos como en punto de venta y les marca las pautas de actuación que pueden ser: Positiva sin condiciones, pero informando de la situación al cliente para que sea consciente de la misma. Positiva con fianza (a mayor riesgo mayor cantidad y acceso limitado a tarifas altas.
La cantidad la marca el sistema). Negativa con alternativa de prepago (sólo en el caso de telefonía móvil). Negativa y se ofrece la opción de solicitar una reclamación que valora y resuelve una instancia superior dentro de la compañía. Sí te puedes dar de baja con deudas A este respecto, conviene hacer una aclaración: en una operación de portabilidad existe una empresa donante (de la que te vas) y otra receptora (la nueva que contratas). Con respecto a la primera y aunque tengamos una deuda contraída con la misma (incluso de permanencia) la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), organismo regulador y máxima autoridad previa a los juzgados en materia de telecomunicaciones, prohíbe taxativamente "denegar la solicitud de portabilidad a aquellos usuarios que hubieran incurrido en morosidad, o impago de servicios en sus relaciones con el llamado 'operador donante'; es decir, aquella compañía que se quiere abandonar en busca de mejor trato, ofertas o precios". Un truco para no aparecer como moroso Son muchas las personas que se han visto perjudicadas por su mala relación con un operador y que han sido incluidas en el ASNEF, EQUIFAX, EXPERIAN, BADEXCUG, RAI, CIRBE o incluso en el FIJ (Ficheros de Incidencias Judiciales); hecho que puede desembocar en la denegación de préstamos, compras fraccionadas o acceso a servicios, incluso telefónicos de otras compañías que, como hemos explicado, procurarán no aceptar al cliente 'non grato'.
"Para realizar la valoración de riesgo, ni siquiera es necesario que el solicitante esté en alguna de las listas 'oficiales'; las empresas de telecomunicaciones utilizamos las nuestras -comenta Telefónica-. Es un histórico que un número indeterminado de personas han pasado de empresa en empresa dejando detrás un rastro de deuda y, por eso, se llegó a un acuerdo sectorial". Curiosamente, y en contra de todo lo expuesto, desde el bufete de abogados Málaga recuerdan que la Ley de Protección de Datos en sus artículos 15 a 17 intenta proteger al consumidor y evitar que quede 'marcado' económicamente: "Cualquier persona podrá conocer, recabando a tal fin la información oportuna del Registro General de Protección de Datos, la existencia de tratamientos de datos de carácter personal, sus finalidades y la identidad del responsable del tratamiento. El Registro General será de consulta pública y gratuita". Esa consulta se puede realizar una vez al año o por razón claramente justificada.
Seguros de que nuestros datos son públicos y están siendo utilizados de forma que nos perjudique, podemos ejercitar lo que la misma Ley denomina "derecho de oposición, acceso, rectificación o cancelación", proceso que debe ser gratuito y que se puede hacer incluso por Internet. De esta manera, sólo la compañía con la que hemos tenido el problema debería saber sobre el mismo; aunque esto, en la práctica, parece no ser cierto. Caso de sentirnos injustamente tratados o vulnerados, el primer paso es presentar una reclamación a la misma compañía con la que se ha tenido el conflicto con copia al registro competente. El segundo, recurrir a las organizaciones de consumidores y usuarios o a la oficina de Atención al Ciudadano de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información La tercera, solicitar ayuda legal para exigir el cumplimiento de la Ley y, en su defecto, realizar la correspondiente demanda. Un consejo: las telefónicas se atienen al legítimo intento de defensa de sus intereses aunque justo es señalar que un buen dialogo suele desembocar en una solución satisfactoria. Hoy en día el cliente es alguien que opina y denuncia públicamente y a quien conviene mantener contento. El efecto de las redes sociales suele ser mágico.
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