miércoles, 22 de abril de 2015
Movistar Habla 35
De esta manera, estar incluido en un registro de morosos tiene una serie de consecuencias negativas morosos Por un lado, estar en un registro de morosos limita tu margen de maniobra financiera. Te será imposible acceder a servicios básicos, como pedir una hipoteca, un préstamo personal o cualquier tipo de producto financiero. Asimismo, la mayor parte de empresas de servicios, por ejemplo, de internet o de telefonía móvil, no estarán dispuestas a prestarte sus servicios, incluso una vez hayas salida del registro de morosos hay algunas que son reticentes. Estar incluido en un registro de morosos no solo limita tu margen de maniobra económico a corto plazo, sino que crea una reputación económica negativa de cara al futuro. Cuando alguien sale del registro de morosos, debe asegurarse de que sus datos han sido borrados del registro, porque de otra manera, aunque esa persona ya no figure como moroso, su rastro sigue ahí. listas de morosos asnef Salir de una lista de morosos no es sencillo, tanto por los trámites burocráticos que hay que realizar como por el hecho de que para salir, lo primero es saldar la deuda. Muchas veces esto ocasiona la necesidad de realizar gastos, por ejemplo, en la contratación de asesores o de abogados por posibles litigios que pudieran surgir.
Es decir, salir de una lista de morosos como Asnef te va a costar dinero (aparte de la deuda). Aparte de los problemas por estar en Asnef, pueden surgir problemas derivados de tu situación económica, como denuncias por impagos de las empresas. Todo esto redunda en el último de los motivos que es, al fin y al cabo, el más importante: nuestra felicidad. Estar en una lista de morosos es una constante preocupación y un quebradero de cabeza. Es una situación muy incómoda de la que es difícil salir y que puede redundar en problemas de salud como estrés o depresión. Por eso, si estás en una lista de morosos, tu prioridad debe ser salir de ella. ¿Cómo salir de la lista de Asnef? Aunque hayamos saldado la deuda que nos ha llevado a aparecer en las listas de Asnef, esto no quieren decir que nuestros datos se borren de ella de manera automática. De hecho puede que pasen hasta seis años desde el pago de la deuda hasta que eliminan nuestros datos de la base de Asnef. Para poder conseguir salir de esta lista, primero es necesario que paguemos la deuda en cuestión, y sobretodo asegurarnos que esta no haya generado un recargo que también deberémos abonar.
Una vez pagado deberémos informar a Asnef mediante burofax, de este modo es imposible que nos lo nieguen, que ya hemos pagado, además de solicitar que nos eliminen de la lista como moroso. Es necesario que adjuntemos el comprobante de pago o el justificante sobre el pago de la deuda. Si queréis contactar con Asnef, la empresa está situada en Málaga en la C/ Velázquez Calle de Velázquez, 27, 28001 Málaga Aunque con la crisis que todos estamos sufriendo parece difícil evitar aparecer en una de estas listas es importante evitar aparecer en ninguna lista de morosos a la hora de pedir una hipoteca o préstamo por ejemplo, ya que casi todos los bancso y entidades de crédito las suelen utilizar para comprobar la solvencia de pago de los clientes. Debido a esto, es probable que si aparecemos en ellas no nos proporcionen un crédito o una hipoteca. RAI y ASNEF son las dos referencias en listas de morosos. Listas de morosos: RAI: Es el registro de aceptaciones impagadas que gestiona el centro de cooperación interbancaria.
Participan en él cajas de ahorro, bancos y entidades de crédito. El alta en el registro se realiza de forma automática cuando una letra, o un pago de un préstamo no se realiza por lo que es necesario hacer una solicitud personal para eliminar nuestro nombre. Aunque saldemos la deuda es común permanecer en torno a 30 meses en la lista. ASNEF EQUIFAX: Es la asociación nacional de entidades de financiación. Esta referencia no sólo la utilizan las entidades de crédito, sino también las compañías eléctricas, eléctricas, de gas, etc. Este registro es algo más duro que el RAI, y la permanencia una vez saldada la deuda puede alcanzar los 6 años Recuerda que tienes tus derechos y las cosas se deben hacer bien hechas ASNEF EQUIFAX RAI: LISTAS DE MOROSOS 2015 Ahora que ya conoces lo que son estas listas, vamos a ver qué es lo que debe hacer una entidad para poder inscribir a una persona en ellas, pues los consumidores tenemos nuestros derechos y no siempre que se genera un impago ha sido culpa del cliente, sino que hay empresas que también pueden haberse saltado la ley, las formas, etc.
Es por ello que vamos a ver qué es lo que debe hacer una empresa si incluir a una persona en uno de estos listados y qué es lo que los clientes pueden impugnar si quieren salir de él: Primer paso Como primer paso, la empresa, organización o compañía que quiera incluirte en una de estas listas debe hacerte llegar una carta explicándote los motivos y el importe adeudado así como un plazo de resolución en el que caso en que no estés de acuerdo con ello y puedas impugnar. Por otro lado, es importante saber que aunque en esta carta haya “amenazas” de ponerte en uno de estos listados, la empresa no puede hacerlo. Segundo paso ASNEF EQUIFAX RAI: LISTAS DE MOROSOS 2015 Una vez ha pasado este plazo de tiempo del que hemos hablado y si no se ha procedido al pago, la empresa debe enviar una carta en la que ya no se reclama nada, sino que se debe indicar explícitamente que esta carta es para informar a la persona que será incluido en uno de estos registros.
En este sentido, pueden darnos otro plazo para el pago, pero no suele ser lo normal pues ya se nos ha avisado que se procedía a la inclusión. En este caso, si no hemos impugnado o hecho nada al respeto, la empresa puede incluirnos en el listado legalmente del que no podemos salir hasta que se proceda al pago. Por otro lado, si la empresa ha hecho caso omiso a nuestra carta o no nos ha enviado la carta expresa para indicarnos que nos incluían en ella, tampoco pueden proceder a hacerlo. En este caso y si lo hubieran hecho, podríamos ponernos directamente en contacto con los gestores de esta empresa y pedir que nos eliminarán de ella porqué la empresa que nos ha incluido no ha hecho los pasos que debería. Si te han incluido en una de estas listas y sabes que la empresa lo ha hecho mal, como hemos indicado arriba, es importante que lo tengas muy en cuenta y reclames tus derechos para salir de la lista. En este caso, no debes reclamar a la empresa que te ha incluido sino directamente a ASNEF o RAI.
Estos harán de arbitraje y, para ello, te pedirán que les hagas llegar una serie de documentación como la factura con el importe adeudado, las carta que te ha enviado la compañía o empresa, las comunicaciones que tú les hayas hecho llegar, etc. Esta documentación es para solicitar que se te elimine de estas listas, del mismo que la deberás aportar si habiendo pagado la deuda, la empresa que te ha incluido no lo ha hecho. Por último, recordarte que si te han incluido de manera ilegal en una de estas empresas, no se te ha comunicado, etc., además de pedir a sus administradores que te eliminen de ella también puedes presentar una reclamación en las diferentes organizaciones de apoyo al consumidor o bien puedes presentar una denuncia directamente ante la policía por fraude o en los mismos juzgados de tu ciudad. En varias ocasiones nos hemos encontrado páginas web y blogs que ofrecen la posibilidad de salir de ASNEF “gratis”. La promesa de salir de ASNEF gratis es una promesa engañosa e incluso falsa.
Para evitar confusión a la gente y sobre todo para evitar que personas sin escrúpulos se aprovechen de los miedos y de las dificultades por la que alguien puede estar pasando, hemos decidido explicar las 3 maneras por las que una persona puede salir del fichero ASNEF. ¿Cuáles son las 3 maneras de salir de ASNEF? Lo primero es saber si estás en un fichero de morosos como es el fichero de ASNEF. Existen varios servicios que ofrecen la posibilidad de saber si tienes alguna incidencia de impago registrada en ASNEF. Para saber más sobre estos servicios te recomendamos que leas nuestro post Acceder a ASNEF sin que te Timen. Una vez que tengas conocimiento del impago o impagos, así como las entidades acreedoras, el monto de los mismos y la fecha o fechas en que se produjeron, ya estamos en condiciones de plantear la mejor estrategia para salir del fichero ASNEF, teniendo en cuenta que para ello es necesario llevar a cabo alguna de las siguientes acciones: Pagar la deuda: Para ello es necesario contactar con la entidad acreedora y comunicarle tu disposición a pagar la deuda. Una vez abonada la deuda a la entidad acreedora, corresponde a esta comunicar a ASNEF el pago de la misma.
El artículo 41.1 del Real Decreto 1720/2007 establece que: “El pago o cumplimiento de la deuda determinará la cancelación inmediata de todo dato relativo a la misma“. Es decir, una vez pagada la deuda la entidad acreedora debe comunicarlo a ASNEF inmediatamente para que ASNEF proceda a la cancelación del impago registrado. No olvides guardar copia de toda la documentación que demuestre que has pagado la deuda y de describir el concepto en el abono de la misma, por ejemplo: “Pago de la deuda registrada en el fichero ASNEF a (la entidad que corresponda)”. Esperar 6 años a que se elimine el registro del impago relativo a la deuda: El período máximo de visualización de un impago registrado en el fichero de ASNEF es de seis años desde que se produjo el impago. Transcurrido este plazo, los datos relativos a ese impago deben ser cancelados (es decir borrados) del fichero. Es importante señalar que aunque una deuda ya no sea visible en el fichero de ASNEF , la obligación de pago de la misma subsiste.
Una cosa es el período máximo que una deuda puede figurar en ASNEF, que es de seis años, y otra la prescripción de la deuda, que es el momento a partir del cual el derecho del acreedor a cobrarla desaparece. Si quieres saber más sobre el plazo de prescripción de deudas, te recomendamos el post del profesor Pere Brachfield: Las normas sobre prescripción y caducidad de las deudas en España. Disputar la deuda inscrita en caso que los datos relativos a la misma no se correspondan con la realidad: Conocemos unos cuantos casos de personas que han sido inscritas en el fichero de ASNEF injustamente por deudas que no se corresponden con la realidad. Ejemplos de situaciones como estas son: (i) deudas por servicios no solicitados, (ii) cobros de comisiones una vez cesada la vinculación con el supuesto acreedor, etc. Lo primero en estos casos es documentar bien la situación para poder probar que la deuda que nos imputan no responde a la veracidad de la situación.
En este sentido es clave tener en cuenta el artículo 41.1 del Real Decreto 1720/2007 que establece: “Sólo podrán ser objeto de tratamiento los datos que respondan con veracidad a la situación de la deuda en cada momento concreto”. Una vez tengamos la documentación que nos permite probar que la deuda que nos imputan no responde a la veracidad de la situación, lo siguiente será ejercer nuestro derecho de cancelación siguiendo el modelo que provee la Agencia Española de Protección de Datos (puedes acceder al modelo a través del siguiente link Modelo de Ejercicio del Derecho de Cancelación). Es importante incluir en el escrito por el que se solicita el ejercicio del derecho de cancelación las razones por las que consideramos que la deuda no responde a la realidad, así como toda la documentación que prueba o apoya tal consideración. Finalmente, deberemos enviar la solicitud de ejercicio del derecho de cancelación adjuntando copia de la documentación que prueba que la deuda que nos imputan no es real o es injusta.
Para ello recomendamos enviar dos burofax: (i) uno a la empresa acreedora que ha incluido en ASNEF los datos relativos a la deuda que se disputa y (ii) otro a la propia ASNEF, para que esta tenga constancia de que la deuda inscrita se encuentra en situación de disputa. Lo lógico es que si la disputa está bien fundamentada, la propia ASNEF cancele temporalmente (es decir borre temporalmente) los datos relativos al impago. También puede ocurrir que el propio acreedor solicite a ASNEF la cancelación temporal del registro por encontrase la deuda bajo disputa. La cancelación definitiva sólo se producirá si el acreedor así lo solicita a ASNEF. Por eso es muy importante explicar muy bien porqué la deuda no es veraz o es injusta. Supongo que cuando se cansen. Eso sí, si os meten en un ASNEF o en cualquier fichero de estos, lo único que tenéis que hacer para que os saquen del fichero es dirigir un escrito solicitando la cancelación de vuestros datos a la dirección del ASNEF. De hecho, hay empresas que se dedican a "cancelar" datos de la gente que está en listas de morosos. Creo que te sacan del asnef a los 6 años. De todas formas te daran la tabarra durante años cada cierto tiempo.
Una que tengo de via digital (por culpa de ellos, ya que no me quisieron dar de baja anulando la permanencia tras un cambio de tarifa suyo, y en aquella epoca no se hacian escritos conjuntos como ocurre ahora con las compañias de movil), me la reclaman empresas de recobro cada cierto tiempo y cada vez una distinta por correo ordinario y telefono, pero jamas una carta certificada. Sin problemas para pedir hipoteca ni nada por el estilo. Complicado lo tienes porque todas las compañias de telefonia tienen acceso a los datos RAI y ASNEF, mi consejo casi es que uses una tarjeta de credito para comprar el telefono y financiartelo mediante la tarjeta. Si no tienes tarjeta y como imagino que estás en la ASNEF (con lo cual no podras solicitar una, mejor dicho no te la darian) yo abriria una cuenta en un banco con tarjetas gratis Como tenemos unas llamadas con el teléfono fijo queríamos también utilizarlo el fijo pero a nadie no le gusta estar atado del teléfono y como yo me había comprado mi teléfono de amazon he comprado, también de aquí, un teléfono fijo inalámbrico, me gusta el teléfono, es fácil de utilizar, buena batería y lo puedes utilizar en casa igual que un móvil y además esta de una buena marca a un excelente precio, un buen negocio.
La venta de móviles libres en los operadores sin ninguna vinculación a los servicios de telefonía que prestan es otra de las vías para aumentar la afluencia en las tiendas del público que huye de las permanencias, permitiendo vender móviles a un precio generalmente más ajustado que el precio oficial y de manera presencial, ventaja imprescindible para los que comprar por internet no es una opción ya que prefieren tener una tienda física donde acudir para cualquier tipo de dudas o gestionar garantías cómodamente. Por eso, de cara a la navidad, los operadores han reforzado su apuesta por la venta de móviles libres en tiendas físicas que como en el caso de Vodafone, impulsa los descuentos si entregas móviles usados, Orange que ha estrenado tienda de multitud de objetos conectados y en el caso de Movistar, facilita la compra de smartphones financiándolos a plazos. Financiación a 10 meses sin permanencia Plazos Mientras los clientes de contrato Movistar pueden acceder la financiación sin comisiones en plazos de hasta 30 meses, los no clientes también podrán aplazar la compra de smartphones con un precio de 149 euros o superior en 10 meses a cambio de una comisión de apertura del 5% que habrá que pagar junto a la primera mensualidad.
Así, si por ejemplo adquirimos un terminal que cuesta 280 euros, podremos pagarlo en 10 cuotas de 28 euros mensuales aunque el primer mes la cuota se incrementaría en otros 14 euros por la comisión de apertura, de manera que el importe total adeudado sería de 294 euros. Dentro del catálogo de dispositivos de la tienda Movistar encontraremos smartphones como el Huawei G8 por 399 euros con tablet MediaPad T1 de regalo, el Huawei P8 lite por 249 euros, bq Aquaris X5 por 220 euros, bq Aquaris M5 por 259 euros, pack ZTE Blade V6 + ZTE Kis 2 por 229 euros y móviles de gama alta como el LG G4 por 499 euros, Galaxy S6 desde 599 euros con tablet Galaxy Tab 3 Lite de regalo o iPhone 6s desde 749 euros. Además, en el catálogo encontraremos otros dispositivos como cámaras de acción, smartwatches, altavoces, tablets, smartbands, proyectores o televisores. Aquí el catálogo completo.
Han pasado casi dos años desde que el mercado de la telefonía móvil comenzó a dar un giro en su política de subvención de móviles con el arriesgado paso de Movistar al dejar de "regalar" móviles junto a sus tarifas que con el tiempo fue seguido por el resto de operadores. Un giro en el que el pago a plazos de móviles (o financiación sin intereses) ha sustituido el modo en que los operadores facilitan la compra de un móvil convirtiéndose en un un arma tan eficaz para captar y fidelizar clientes como en su día pudieron ser las subvenciones ya que en realidad no hay tanta diferencia si analizamos de cerca los dos métodos. Comprar móviles desde 0 euros es posible El fin de las subvenciones como las habíamos conocido hasta el momento vino motivado, según los operadores, porque había dejado de ser sostenible ofrecer a 0 euros unos smartphones cada día más más potentes y caros junto a unas tarifas que a su vez, debían competir con los bajos precios de los OMVs y la solución más equilibrada era pasarse al pago plazos que ayudó a extender la idea de que los operadores ya no regalaban móviles aunque en la práctica, poco ha cambiado.
El pago a plazos ha traído consigo unas tarifas no tan infladas como antes junto a unos precios de móviles más acordes con su coste real en el que cada usuario decide cuanto gastarse en su smartphone y además ha mantenido las subvenciones, entendidas como un descuento en el precio oficial del teléfono a cambio de un mínimo de permanencia con el operador, al menos junto con determinadas tarifas. Unos descuentos en el precio del móvil que tal vez no sean tan llamativos como los de antes pero que junto a las cuotas del pago a plazos y unas tarifas bastante más ajustadas, el total mensual y el pago inicial por el smartphone que tenemos ahora no difiere demasiado de lo que ofrecían antes del "fin de las subvenciones".
Simplemente se ha tratado de un cambio de matices lo llamemos como lo llamemos así que vamos a analizar como se lo ha montado cada operador para seguir ofreciendo móviles a 0 euros. Aclarar que independientemente de que los pagos a plazos deban realizarse durante 24 meses, la principal diferencia entre los operadores se encuentra la existencia de permanencia con una determinada tarifa, en cuyo caso, además de tener que abonar los pagos pendientes en caso de baja anticipada, también se aplica una penalización equivalente al descuento percibido según las condiciones de los diferentes operadores que vamos a analizar. Todos los móviles de Movistar con pago inicial gratis Movistar vuelve a ofrecer oficialmente smartphones de gama baja a cero euros Pese a ser el primer operador en "acabar con las subvenciones" y a pesar de asegurar que había eliminado las permanencias, esta ausencia de permanencia es la misma que se puede encontrar en otros operadores cuando no hay descuento en el precio de móvil. Pero en realidad Movistar sigue haciendo descuentos sobre todo con las tarifas Total y Veinte, lo que implica permanecer en dichas tarifas durante 12 meses por unos descuentos de hasta 70 euros que actualmente se aplican en terminales como Galaxy S4, Xperia Z1 o los nuevos iPhone.
Además, recientemente Movistar también ha vuelto a incluir móviles gratis de gama baja y sin pago a plazos con cualquier tarifa y permanencia de hasta 18 meses en modelos como LG Optimus L3 II o Samsung Galaxy Young. Los mayores descuentos de Vodafone con sus tarifas Red Gama smartphones gratis Vodafone Vodafone ha perfilado su oferta de manera muy similar a la existente antes fin de las subvenciones con pagos a plazos por lo general más baratos que los de Movistar pero con un pago inicial por el teléfono con las tarifas más baratas que normalmente no suponen ningún descuento destacado frente al precio del móvil libre.
Solo facilitan la compra aplazando los pagos. En cambio, cuando se trata de las tarifas Red y sus móviles asociados, el descuento que aplica Vodafone puede alcanzar hasta 200 euros en los terminales más punteros a cambio de una permanencia de 18 meses con la tarifa. Vodafone también recuperó el pasado verano una gama de smartphones gratis en los que no hay pago a plazos y solo es necesario mantenerse en contrato con cualquier tarifa durante 24 meses. Orange prefiere las Ballena para regalar móviles Móviles a cero euros con Orange El último operador en sustituir las subvenciones tradicionales por pago a plazos fue Orange que siguió un modelo similar al de Vodafone con pago inicial más un pago a plazos que puede variar en un mismo terminal según la tarifa que elijas y cuyos descuentos también varían en función de la tarifa elegida, permaneciendo prácticamente inexistente con Ardilla Con las tarifas Ballena y Delfín, los descuentos pueden alcanzar los 200 euros a cambio de mantener la misma tarifa durante los 24 meses que duran las mensualidades del pago a plazos. Orange también recuperó esta navidad los smartphones de gama baja gratis sin pago a plazos para aquellos que no quieren pagar ningún gasto adicional en su tarifa pero quieren cambiar de móvil a cambio de mantener el contrato y la tarifa durante 24 meses. Yoigo, el que más subvenciona sus móviles Smartphones gratis con pago único de Yoigo Yoigo fue el primer operador en instaurar el pago a plazos, incluso antes de que desaparecieran los subsidios, ofreciendo descuentos de hasta 300 euros a cambio de no cambiar de tarifa en 24 meses e independientemente del pago a plazos Ademas, Yoigo también es el operador que más smartphones oferta con pago único de 0 euros en los que solo hay que pagar la tarifa elegida durante 24 meses, encontrándonos como terminal estrella al Motorola Moto g.
Para terminar, os recordamos que en Móvil hacemos un repaso mensual de los precios de smartphones más interesantes comparados en igualdad de condiciones con todos los operadores móviles para que podáis comprobar de un vistazo las alternativas con mejores ventajas para cada tarifa. ¿Conoce usted a alguien, una sola persona, que no haya tenido alguna controversia con una operadora de telefonía? Difícil, ¿verdad? Bien sea por facturas incorrectas, cobros indebidos, incumplimientos de ofertas, acceso a la línea ADSL de menor calidad que la contratada, facturas una vez que se ha causado baja, inclusiones en listas de morosos antes incluso de reclamar una supuesta deuda, que en ocasiones, demasiadas, resulta que es una deuda falsa... Es amplia la lista por la que el sector de las telecomunicaciones ha sido el que más reclamaciones ha recibido año tras año, hasta que a partir de 2009 se puso a su altura el sector bancario. A las ilegalidades enumeradas más arriba cabe añadir otras dos: la cesión de datos a terceros, sin consentimiento expreso del afectado, y el recibo masivo de sms o mms de tarificación adicional, que pueden llegar a quintuplicar las facturas.
Ahora hicimos una prueba, sin ningún valor estadístico pero clarificadora, Preguntamos a cincuenta personas mayores de 18 años si alguna vez habían sufrido un abuso por parte de su compañía de telefonía y absolutamente todas dijeron sí, en referencia a Vodafone, Jazztel, Orange, ONO o Movistar. De las cincuenta personas preguntadas, 28 relataron que habían recibido facturas abusivas por mensajes de servicios no contratados, lo que les llevó a abandonar esa operadora por otra, y esa baja conllevó una penalización por no cumplir el periodo de permanencia. Entre los pufos de las operadoras de telefonía está la de ceder datos a terceros sin permiso. De acuerdo con la Ley Orgánica de Protección de Datos 15/1999 de 13 de diciembre (artículos 7 y 8) y el reglamento que la desarrolla, el Real Decreto 1720/2007 (artículo 10), la cesión de datos a terceros sin consentimiento del afectado sólo es posible si la solicitan fiscales, órganos judiciales o de seguridad, administraciones públicas, o si la cesionaria o responsable del tratamiento (en este caso, las empresas de telecomunicaciones) debe defender intereses legítimos, siempre que respete los derechos y libertades fundamentales del afectado. En estos requisitos no entra en absoluto la cesión de datos a directorios o guías telefónicas digitales.
Para ello, y de acuerdo con la Ley General de Telecomunicaciones 32/2003, esa cesión debe hacerse por escrito. Algo que, hoy por hoy, las operadoras de telefonía parecen saltarse a la torera. Les proponemos una sencilla prueba. Pongan su teléfono fijo en el buscador de Google o en Bing. Puede que se lleven una sorpresa al ver su nombre, su dirección y hasta un mapa de cómo llegar a su casa. Es posible que se vean en 'Páginas Blancas', y casi seguro que sus datos aparecerán en otros listados como ABCTelefonos o Infobel el primero con domicilio en Gran Bretaña y el segundo, en Bruselas. Multas millonarias Aunque el teléfono fijo no es tan utilizado como el móvil, aún es necesario para disponer de líneas ADSL o de fibra óptica, de ahí que lleve años dándose una "masiva" vulneración de datos personales y del derecho a la intimidad. Ya en 2011 la red social 'menéame' daba cuenta de los abusos de los directorios ABCtelefonos e infobel.
En el caso de 'Páginas Blancas', la responsable es una empresa privada llamada Connect (Publicidad hasta 2012), que sí tiene dirección en España y que es propietaria también de las cada vez menos populares 'Páginas Amarillas'. "Nos hemos encontrado con decenas de estos casos y buscamos más personas que se sientan afectadas en su intimidad, a fin de promover acciones judiciales colectivas, incluso penales", afirma la abogada especialista en Derecho de Consumo, cofundadora de empresa nacida en 2013, dedicada a asesorar gratis y a resolver todo tipo de reclamaciones de consumidores, con tarifas sociales que oscilan entre los 20 y 50 euros, sin cuotas ni obligaciones de permanencia. "Lo que hicimos en Legalaria fue solicitar por escrito a Hibu Connect la inmediata cancelación de los datos de nuestro cliente y ejercer el derecho de acceso a la información que contempla la Ley. Hibu certificó por escrito que los datos los había facilitado la operadora de telefonía del cliente, que en este caso es Orange". "Hemos interpuesto denuncia contra Connect, por vulnerar la Ley de Telecomunicaciones al no contar con consentimiento expreso para publicar esos datos y por haberlos hecho públicos, lo que permitió a otros listados en internet hacerse eco de los mismos.
Hay casos en los que el daño podría ser irreparable, por ejemplo, si la afectada es una persona maltratada o amenazada", añade la abogada. "La siguiente denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos ha sido para Orange, lógicamente, por ceder los datos sin permiso escrito y ahora nos cabe acudir a la vía penal". No son casos aislados. Orange, junto con Movistar y Vodafone fueron multadas en 2012 por la Agencia Española de Protección de Datos, por cesión fraudulenta de los mismos, con un total de 15.300.000 euros, según la memoria anual del organismo. Y las tres son reincidentes en la cesión de datos a 'Páginas Blancas', ya que en años anteriores también fueron sancionadas por el mismo motivo. Este enlace es un ejemplo A un solo paso de aparecer en otros listados de búsqueda inversa ¿Qué es la búsqueda inversa? Pues justo la que permite obtener datos personales a través del número de teléfono y no a partir del nombre y apellidos. La prohibió la UE en el año 2000, en su dictamen 5/2000 de la Comisión Europea, y la prohíbe específicamente en España la Ley General de las Telecomunicaciones del año 2003. Sin embargo, ahí sigue que se vende como "la guía telefónica más espectacular del mundo" y no admite responsabilidad alguna por publicar los datos, ya que en su web afirma que los obtiene de "fuentes públicas", es decir, en internet.
Volvemos a las 'Páginas Blancas', que hasta hace pocos años eran propiedad de Telefónica, empresa que figura como una de las sospechosas en esa cesión, ya que muchos de los que están en operadoras distintas antes estuvieron en la primera. En la misma web se afirma que el titular de los datos puede suprimirlos haciendo click sobre un botón...que resulta inexistente. La solución para eliminar esos datos es remitir un correo electrónico directamente de su página web (Legalaria recomienda guardar en pdf el correo enviado, e incluso hacerle una captura de pantalla), "ya que los correos electrónicos tienen tanta validez legal como un burofax", aclara Rosales Merenciano, quien recuerda que, en los casos que ha conocido, la sospechosa de la cesión es la operadora de telefonía, a la que se debe denunciar cuando se tenga constancia de esa cesión. Esto es, que hay que solicitar primero por escrito al directorio el ejercicio del derecho de acceso a la información.
Y una vez con la respuesta, llevar a cabo la denuncia. Si no se obtiene respuesta, también cabe denuncia y por partida doble: por la cesión de datos y no por no haber podido ejercer el derecho de acceso. El caso de Infobel es aún más descarado. En su web afirma en francés y en inglés que los datos que publica en su listado digital provienen, en efecto, de las operadoras de telefonía. Sin embargo, en la versión en español, afirma que provienen de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, lo que fuentes oficiales han negado en rotundo a Canarias Ahora. No son los únicos directorios de teléfono que funcionan en el universo digital con búsqueda inversa, pero son los más sonoros. Ofertas que no se cumplen (o el peligro de contratar por teléfono) "Mientras sea rentable vulnerar derechos, se vulnerarán", afirma abogado y secretario general de la Unión de Consumidores de España () en Santa Cruz de Tenerife, quien alerta especialmente de los contratos de telefonía (y de otro tipo, como seguros) que se hacen mediante un comercial a través de una llamada que se supone grabada, grabaciones que misteriosamente desaparecen en cuanto se solicitan. "En las contrataciones telefónicas, los consumidores no saben qué han contratado y en muchas ocasiones se incumple lo prometido y no hay papel que nos avale", insiste Alonso.
"Los comerciales de telefonía, pero sobre todo las comerciales, porque es un trabajo feminizado, que nos llaman o que no nos atienden como queremos, no son pesadas, son personas explotadas, y nos intentan vender algo de acuerdo con las técnicas que les imponen. Habría que tener solidaridad con ellas", añade el representante de la UCE. Y ojo, porque según la abogada algunos contratos efectuados en tiendas podrían no ser válidos. "Más que no válidos, diría nulos de pleno derecho porque para firmar un contrato en nombre de una empresa hay que ser un apoderado de esa empresa, es decir, tener un poder notarial para esa firma, y me consta que se incumple". La mejor solución, según estos dos especialistas, es contar con el contrato y sus condiciones por escrito, y analizarlo antes de firmar. Si hay un peligro en estas fiestas navideñas, en las que los móviles smartphone (los que permiten navegar por internet) y sobre todo las tabletas, van a estar en el top ten de los regalos, es la de firmar deprisa un contrato, sin leer el periodo de permanencia y lo peor, sin especificar en ese contrato que se bloqueen los servicios de tarificación adicional.
¿Le llegan mensajes que usted paga? Se ha suscrito a una alerta de servicios Crecen como la espuma las reclamaciones relacionadas con los productos de tarificación adicional, desconocidos por la mayoría de los consumidores hasta que les llega una factura hasta cinco veces superior a lo contratado. Se llevan la palma los sms y mms premium, sin que haya una legislación contundente que regule estos productos y sin que se sepa si el que se dio de alta era un adulto o un menor. ¿Y qué son los servicios de tarificación adicional? La gama es variada. Con ellos se obtiene presumiblemente la opción de participar en concursos o suscribirse a ciertos servicios. Y son llamadas o mensajes que quedan fuera de cualquier tarifa plana contratada. Se les reconoce fácilmente porque proceden de números de seis cifras que comienzan por 79. En la telefonía fija son las llamadas a números que comienzan por 803 (servicios sólo para adultos), 806 (servicios de "ocio" como el tarot), 807 (servicios de asesoría profesional) y 905 (para llamadas masivas como participar en programas de televisión y televotos).
Esos números se identifican fácilmente y requieren de la voluntad consciente del usuario para marcarlos. Aunque el servicio sea pésimo, se ha prestado (en ocasiones, no). Pero lo grave viene con los llamados sms y mms premiums, en los que cualquiera, incluso menores, puede darse de alta sin saberlo, sólo con pulsar una tecla en el ordenador. O incluso sin darse de alta. Ganchos como 'encuentra tu pareja', 'conoce tu peso ideal', 'te mandamos los mejores polifonos', o accesos a juegos on line se multiplican por internet sin una información clara de las condiciones de contratación. Basta con que usted deje su número de móvil. No se habrá suscrito a ningún servicio, sino a una alerta de servicios.
Los trucos son muchos. "Un ejemplo: hay páginas web que ofrecen eliminar gratis los datos de las listas de morosos, pero al aceptar sus condiciones, que pocos leen, está la de aceptar alertas por sms. Son los sms premium, un peligro", según Legalaria. los llama, directamente, estafa. "Hay millones de personas estafadas con estas alertas. Son servicios infantiles que se nutren de un mercado infanto-juvenil, que es justamente una población especialmente vulnerable. Como las cuantías no son excesivamente elevadas y reclamar a empresas es complicado, los afectados terminan pagando". Empresas millonarias sin dar nada a cambio Lo mejor es prevenir y, como se apuntaba más arriba, bloquear todos los servicios de tarificación adicional al suscribir el contrato por escrito, porque de lo contrario, una vez que usted haya dado el permiso (o cualquier menor de su entorno), le lloverán mensajes diarios que pagará a entre 1,20 y 1,45 euros, aunque no los lea, aunque no lleven información alguna ni ofrezcan servicio de ningún tipo.
Algunos de esos mensajes le aparecerán como 'publicidad'. A la hora de reclamar, el problema se multiplica porque la pelota se lanza desde los proveedores del servicio (muchas veces con ubicación en el extranjero), a la operadora de telefonía con la que se tiene el contrato, que puede ser o no ser la operadora de acceso. "Lo peor es que no hay un organismo que ponga a prueba la palabra del proveedor del servicio frente a la del afectado. Ellos dicen que el cliente se ha dado de alta, mandan un número de acceso imposible de verificar, y la operadora acepta esa prueba como tal. Es la palabra del proveedor frente al reclamante", afirma una ex trabajadora de Movistar. Encima, ese número de acceso o clave nunca es conocido por el afectado hasta que reclama. "Nos hemos encontrado con casos sangrantes", dice "Facturas de hasta 200 euros cuando la tarifa contratada era de 25 euros, todo ello por los sms premiums. Y lo más llamativo es que la víctima, porque podemos llamarla así, nunca sabe cuándo se dio de alta, ni cómo, ni ha firmado consentimiento alguno, que es una de las reivindicaciones históricas en la defensa de los consumidores".
Aparte de la UCE, otras asociaciones de consumidores como la Málaga ponen en sobreaviso acerca de estos productos, que podrían calificarse de "tóxicos", como las preferentes en la Banca. La única directriz en este mercado es un Código de Conducta, actualizado en 2010, que deriva de la Carta de Derechos de los Usuarios de los Servicios de Comunicaciones Electrónicas. En la Carta se hace hincapié en la buena fe y en la protección de colectivos vulnerables, pero sin mucha contundencia, en opinión de expertos en consumo.
Cabe, de acuerdo con esa misma Carta de Derechos (RD 899/2009) solicitar a la compañía de telefonía que haga dos facturas diferenciadas por el consumo de llamadas y por las tarificaciones extra. Si se abona la primera, la operadora no puede cortar el servicio. Recientemente, Movistar anunció que para darse de alta a esas alertas habría que dar consentimiento por escrito. Es algo que cabría esperar de la propia legislación, ya que en la actualidad no se impone una solución normativa por parte de los responsables administrativos, como son la Secretaría de Estado para las Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información (Ministerio de Industria), la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (recién integrada en la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia), o el Instituto Nacional de Consumo. "No hay una ley suficientemente clara y rotunda para regular el mercado sustancioso de los sms y mms premiums", insiste Alonso.
Ese vacío legal va en contra de los consumidores. Si ha recibido un mensaje que empieza por 79 puede frenarlo de inmediato respondiendo 'baja' a ese número del que procede. Las posibilidades de darse de alta en un servicio de alerta aumentan cuando se navega por internet desde un móvil o una tableta, ya que basta con pinchar en un anuncio o en uno de los 'ganchos' antes mencionados sin necesidad de aportar el número de teléfono. Una vez más, los consumidores se sienten impotentes y, por regla general, muy enfadados. "Me han metido en una lista de morosos" Es otro de los abusos que sufren los consumidores. A las operadoras de telefonía (también a la banca) les encanta amenazar con que si no se paga una factura con la que se está disconforme, será incluido en una lista de solvencia económica o de obligaciones dinerarias (las listas de morosos). En muchos casos, la deuda habrá sido revendida a una agencia de recobros. Las agencias de recobros (por suerte, los tribunales aniquilaron presiones como las del mal famoso 'Cobrador del Frac' y similares, por ser coaccionadoras) compran deuda por debajo de lo que se reclama o se llevan comisiones de su cobro.
En principio son legales. Las contempla el Código Civil, y en ocasiones son despachos de abogados que han aumentado su campo de acción, dado lo boyante del negocio. Lo que roza lo delictivo es recibir hasta 25 llamadas en un solo día y a horas intempestivas para que se salde la deuda con intereses que no figuran por escrito en parte alguna y que entran de lleno en lo que se llaman cláusulas abusivas, ya que dejan en gran desventaja al consumidor. Cuando se solicita la documentación por escrito, suelen dar evasivas, lo que tampoco es legal porque el consumidor tiene el derecho a contar con la información por escrito para su mejor defensa.
Además, hay que forzar a las agencias de recobro para que demuestren que, en efecto, han suscrito la deuda ante notario y con las garantías que requiere la Ley. Bien sea la agencia de recobro, bien sea directamente la operadora, cualquiera puede verse en uno de esos listado de morosos, lo que impedirá incluso hacer una compra a plazos. Y cualquiera puede verse en esos listados por cantidades irrisorias como 30 euros. En España funcionan cuatro ficheros de solvencia económica. El más popular es Asnef-Equifax. También están el Cirbe o Central de Información de Riesgos Bancarios, Experien-Badexcug y el Registro de Activos Impagados o RAI. Para que una persona sea incluida en uno de estos ficheros, de acuerdo con el Reglamento de la Ley Orgánica de Protección de Datos, deben darse unos requisitos: que la deuda sea cierta, vencida, exigible e impagada, pero siempre que no se haya entablado "reclamación judicial arbitral o administrativa". Este es el punto que rebasan tanto las agencias de recobro como las mismas compañías de telefonía, ya que la inclusión en los listados suele llevarse a cabo incluso antes de comunicar la deuda al afectado, o cuando se está en plena reclamación extrajudicial. Peor aún es cuando se incluye a alguien en un fichero de morosos sin que exista deuda alguna.
Aunque sea por error. No sólo es motivo de denuncia a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), instando una sanción por falta grave o muy grave, sino que entra de lleno en los daños morales que contempla el Código Penal. Parte de las multas impuestas por la Agencia en 2012 se debieron a esta ilegal cesión de datos a terceros, justo por no respetar los derechos de los supuestos deudores, pero sobre todo, por dar datos erróneos de deudas falsas o de mayor cuantía a la real. En 2009, la AEPD sancionó a Telefónica con 420.000 euros por haber vendido a agencias de recobros deudas inexistentes o muy por encima de las cuantías reales. El "inocente" 902 Parece inocente, pero no lo es. Los números que comienzan por 902, generalmente para servicios de atención al cliente, aunque cuesten lo mismo que una llamada local, quedan fuera de la tarificación normal, es decir, también son números de tarificación adicional. Lo más grave, la empresa que los contrata gana 0,07 céntimos por cada minuto de llamada.
Eso explica las largas esperas hasta que se es atendido personalmente, las grabaciones previas y los mensajes de "nuestros operadores están ocupados, por favor, manténgase a la espera". Esto no significa que todas las empresas con este tipo de números busquen lucrarse, pero sí muchas de ellas. Para el consumidor, cada minuto de llamada a un 902 le cuesta 10 céntimos si llama desde un teléfono fijo y 50 céntimos, si llama desde un móvil. portavoz de la asociación de consumidores Málaga, denuncia que "es ilegal que las compañías tengan acuerdos con las operadoras, porque utilizar el servicio de atención al cliente de forma lucrativa es un fraude y la Administración debe de perseguirlo". Pero no lo hace. En internet hay decenas de foros acerca de los números que empiezan por un 902 y que han proliferado para todo tipo de empresas, públicas y privadas. En la nueva Ley General para Defensa de Consumidores y Usuarios, que se elabora actualmente, se especifica que deben tener el mismo coste que una llamada local, tal y como se ordena en una directiva de la Unión Europea que España ha tardado dos años en adoptar.
Los 902 no son más que un 'alias' de un número local, es decir, para contratar uno de estos números hay que disponer de un número "normal", al que se asocia ese 902. Hay páginas web que ofrecen un buscador para encontrar ese número "normal", de forma que la llamada entre en la tarifa plana contratada por cada cual. El asunto es más indignante cuando se trata de servicios públicos, ya que el 902 podría ser sencillamente un número 900 que, esos sí, son totalmente gratuitos. Las abusivas obligaciones de permanencia Los contratos de telefonía conllevan una obligación de permanencia que oscila entre los 12 y los 24 meses. En principio, la ley permite esa cláusula ya que se supone que la empresa ha efectuado una "inversión" en el cliente, al darle un teléfono de media o alta gama, o rebajarle el coste de las llamadas. Sin embargo, una vez más nos encontramos con una cláusula abusiva, de acuerdo con la definición de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios 1/2007, por dejar en clara desventaja al consumidor frente al prestatario del servicio. "Si la obligación de permanencia sirve para que la compañía recupere la inversión hecha con el cliente, la penalización por abandonar la compañía antes de cumplir el periodo debe ser proporcional al tiempo en que se ha estado en la misma" se afirma en la web de Legalaria. "No es lo mismo darse de baja cuando falta un mes para cumplir la permanencia que al inicio del contrato".
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